Ley aplicable
Una de las cláusulas más importantes de un contrato internacional (lea aquí) es la de la elección de la ley aplicable. Las partes contratantes pueden elegir la ley nacional a aplicar, pero también pueden elegir una tercera neutral, o ninguna. En este caso, la proper law, la ley propia del contrato, queda remitida a las normas de derecho internacional a través de las cuales elegir la ley aplicable e identificar eventuales normas imperativas que no pueden derogarse por vía convencional. Además, aunque se identifique la fuente normativa primaria, no siempre esta tiene efectos jurídicos claros para todos los objetivos y las obligaciones contractuales. En este caso, se procede a una integración eligiendo aplicar la normativa del ordenamiento que se presume vinculado al país en el que reside la parte que debe proporcionar la prestación característica.
Los convenios y los tratados internacionales
Convenio de Bruselas de 1968
Se estipuló entre los Estados de la UE para regular la competencia jurisdiccional y la ejecución de las decisiones en materia civil y comercial internacional, con exclusión de las materias aduaneras, fiscales y administrativas
Convenio de Roma de 1980
La intención de uniformar la legislación de la UE que regula los contratos internacionales comerciales dio un paso más con el Convenio de Roma de 1980, que se aplica a las obligaciones contractuales y en materia de competencia jurisdiccional y de ejecución de las sentencias a los contratos celebrados hasta 2008
Reglamento comunitario 593/2008
Conocido con el nombre de Roma I (REG. 593.2008 – ITA), se aplica a los contratos celebrados a partir de 2009. Establece las normas comunes a toda la Unión Europea (UE) para la determinación de la ley nacional aplicable a las obligaciones contractuales en las decisiones en materia civil y comercial que involucran a varios países. Existen además otros dos reglamentos para determinar la ley aplicable, Roma II y Roma III. El primero para las obligaciones extracontractuales de naturaleza comercial, y el otro para las materias de derecho civil, divorcio y separación de mutuo acuerdo.
Convención de Viena de 1980
Vincula a 113 Estados. Es un Tratado Internacional que regula el derecho comercial internacional consuetudinario. La Convención de Viena se aplica a los contratos internacionales comerciales de compraventa, para determinar la ley aplicable en los casos no expresamente previstos por las cláusulas contractuales.
Lex mercatoria
Un sistema de normas y reglas de tipo consuetudinario, surgidas para regular de forma espontánea las relaciones comerciales internacionales, utilizadas sobre todo en los sectores comercial, crediticio, de transporte de mercancías o personas, de seguros y de transacciones informáticas. La codificación de la lex mercatoria se encuentra en las recopilaciones normativas privadas estandarizadas para los modelos de contrato internacional y las cláusulas correspondientes proporcionados por los Incoterms, en las recopilaciones y actualizaciones proporcionadas por la ICC, la Cámara de Comercio Internacional de París, por la Uncitral y por la UNIDROIT














