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Visa para traslado intraempresarial (ICT) en Italia: requisitos, duración y procedimiento
Cómo una sociedad con sede fuera de la Unión Europea traslada a Italia a directivos, especialistas y trabajadores en formación a una sede propia, filial, oficina de representación o sociedad del grupo, fuera de las cuotas del Decreto Flussi. Guía basada en el texto vigente del art. 27-quinquies del Texto Único de Inmigración.
El permiso ICT (art. 27-quinquies D.Lgs. 286/1998) permite a una empresa establecida en un país tercero trasladar temporalmente a Italia a un empleado propio, contratado desde hace al menos tres meses, a una entidad de acogida del mismo grupo. Se refiere solo a directivos, trabajadores especializados y trabajadores en formación. No está sujeto a cuotas. El Sportello Unico per l’Immigrazione (Ventanilla Única de Inmigración) decide sobre la autorización (nulla osta) dentro de 45 días; el traslado dura como máximo tres años (un año para la formación) y la relación laboral permanece con la sociedad extranjera.
Qué es el traslado intraempresarial y cuándo se necesita la visa ICT
El traslado intraempresarial es el desplazamiento temporal de un trabajador desde una empresa establecida fuera de la Unión Europea a una entidad de acogida en Italia perteneciente a la misma empresa o al mismo grupo. La norma de referencia es el art. 27-quinquies del D.Lgs. 286/1998, que incorpora la Directiva 2014/66/UE (la llamada directiva ICT, intra-corporate transfer). El permiso de residencia expedido lleva la mención «ICT».
El rasgo que distingue al ICT de cualquier otro título para trabajar es que el empleador sigue siendo la sociedad extranjera. El trabajador no es contratado en Italia: continúa dependiendo de la empresa de origen, que lo retribuye y lo dirige, y al finalizar el traslado debe regresar a una entidad del grupo establecida en un país tercero. Este compromiso de regreso es uno de los contenidos obligatorios de la solicitud de autorización (nulla osta).
La visa ICT es la vía correcta cuando un grupo con casa matriz en Estados Unidos, el Reino Unido, Suiza, Turquía o cualquier país extracomunitario necesita llevar a Italia, por un período definido, a un directivo, un técnico con competencias específicas o un joven graduado en formación, sin constituir una relación laboral italiana.
Marco normativo
| Fuente | Qué regula |
|---|---|
| Art. 27-quinquies D.Lgs. 286/1998 (Texto Único de Inmigración) | Requisitos, procedimiento del nulla osta, permiso ICT, duración, renovación, causas de denegación y revocación, movilidad intracomunitaria, reagrupación familiar |
| Art. 27-sexies D.Lgs. 286/1998 | Movilidad en Italia de trabajadores ya titulares de un permiso ICT expedido por otro Estado miembro |
| Directiva 2014/66/UE | Marco europeo del traslado intraempresarial de nacionales de países terceros |
| Art. 2359 c.c. | Noción de sociedades controladas y vinculadas: define el «grupo» a los efectos del ICT |
| Art. 4 D.Lgs. 136/2016; D.Lgs. 122/2020 (Dir. 2018/957/UE) | Condiciones de trabajo y de empleo aplicables al trabajador trasladado; régimen del desplazamiento de larga duración |
| Art. 27, comma 1, lett. a) D.Lgs. 286/1998 | Título alternativo, parcialmente superpuesto, para directivos y personal altamente especializado de sociedades con sede, filial u oficina de representación en Italia |
| Art. 27-quater D.Lgs. 286/1998 | Tarjeta Azul UE: título para la contratación directa en Italia de trabajadores altamente cualificados, que no debe confundirse con el ICT |
Quién puede ser trasladado: las tres categorías admitidas
El art. 27-quinquies no cubre a cualquier empleado que pueda ser trasladado según el derecho laboral. Restringe el ingreso a tres figuras, definidas por la propia norma.
| Categoría | Definición normativa | Requisitos adicionales | Duración máxima |
|---|---|---|---|
| Directivos | Trabajadores con funciones de alta profesionalidad, autonomía decisoria y facultades de coordinación y control de toda la actividad o de una rama autónoma de la empresa | Relación laboral con la empresa extranjera desde al menos 3 meses ininterrumpidos | 3 años |
| Trabajadores especializados | Trabajadores con conocimientos especializados indispensables para el sector, las técnicas o la gestión de la entidad de acogida, evaluados también a la luz de una cualificación elevada, la experiencia profesional y la eventual inscripción en un colegio profesional | Mismo requisito de los 3 meses. Para las profesiones reguladas, reconocimiento de la cualificación conforme al D.Lgs. 206/2007 | 3 años |
| Trabajadores en formación | Titulares de un título universitario, trasladados para el desarrollo de su carrera o para adquirir técnicas y métodos de la empresa, retribuidos durante el traslado | Plan formativo individual con duración, objetivos y condiciones de la formación | 1 año |
La norma excluye expresamente a quien solicita residir como investigador, a quien ejerce trabajo autónomo, a quien está empleado a través de una agencia de trabajo temporal, a los estudiantes a tiempo completo y a los pasantes de corta duración, y a quien ya reside en Italia como trabajador desplazado conforme a las Directivas 96/71/CE y 2014/67/UE. El solicitante, en el momento de la solicitud de nulla osta, debe encontrarse fuera del territorio de la Unión Europea o estar ya admitido en otro Estado miembro.
Una consecuencia práctica que muchos contenidos en internet omiten: el socio mayoritario o el administrador de la sociedad extranjera no puede ser trasladado en ICT, porque no es un trabajador subordinado de esa sociedad según el derecho italiano, que es el derecho aplicable para determinar quién es «trabajador» a los efectos del desplazamiento. Para estas figuras existen otras vías, indicadas más adelante.
La entidad de acogida: qué sedes y qué sociedades pueden recibir al trabajador
La ley define entidad de acogida como «la sede, filial o representación en Italia de la empresa de la que depende el trabajador trasladado, o una empresa perteneciente al mismo grupo, o una sede, filial o representación de esta en Italia». Son, por tanto, cuatro las relaciones posibles entre la sociedad de origen y la estructura de destino.
| Entidad de acogida | Naturaleza jurídica | Dirección del desplazamiento admitida | Notas operativas |
|---|---|---|---|
| Sociedad controlada o vinculada (mismo grupo) | Sujeto jurídico autónomo. Control o vinculación conforme al art. 2359 c.c.: por regla general al menos el 20% de los votos en la junta ordinaria (10% si cotiza) para la vinculación; influencia dominante para el control | En ambas direcciones: es irrelevante cuál de las dos sociedades posea la participación | La participación debe documentarse (informe registral, balance consolidado, organigrama de grupo) |
| Filial íntegramente participada | Sociedad italiana cuyo capital está detenido al 100% por la sociedad extranjera, o viceversa | En ambas direcciones | Caso más simple de documentar |
| Sede secundaria (sucursal, branch) | Extensión de la sociedad extranjera sin personalidad jurídica autónoma; opera comercialmente en Italia con un representante; tributa en Italia como establecimiento permanente | Solo desde la sociedad extranjera hacia la sede secundaria italiana | Debe estar inscrita en el Registro de Empresas. Para las sociedades de la UE la constitución es telemática: véase constitución de una sede secundaria de sociedad de la UE en Italia |
| Oficina de representación | Unidad local con fines preparatorios y auxiliares (estudio de mercado, promoción, relaciones), sin actividad comercial de venta o producción; no constituye establecimiento permanente y no genera renta imponible en Italia | Solo desde la sociedad extranjera hacia la oficina de representación italiana | Debe tener una dirección física y una actividad real. El nulla osta es denegado o revocado si la entidad de acogida «ha sido constituida principalmente con el fin de facilitar el ingreso» de los trabajadores trasladados |
El desplazamiento hacia una sede secundaria o una oficina de representación funciona solo en una dirección, desde la casa matriz extranjera hacia la estructura italiana, porque la sede secundaria y la oficina de representación no son sujetos autónomos: no pueden «desplazar» a nadie. El desplazamiento entre sociedades del grupo, en cambio, es bidireccional.
La oficina de representación merece una precisión porque es la estructura más económica de abrir y, por lo tanto, la más expuesta a usos indebidos. Puede alojar a un trabajador ICT bajo dos condiciones: que realmente desarrolle las actividades preparatorias y auxiliares para las que existe, y que no haya sido constituida con el fin principal de obtener la visa. Esta segunda condición no es una interpretación doctrinal: es una causa expresa de denegación y de revocación del nulla osta prevista por el art. 27-quinquies. Sobre este punto hemos dedicado un
análisis específico sobre los límites de la oficina de representación como vehículo para la visa
Desplazamiento intragrupo, contrata, cesión de trabajadores: cuál da derecho a la visa
En el derecho laboral europeo existen tres formas de desplazamiento transnacional. El derecho de inmigración italiano reconoce solo dos de ellas como título de ingreso para nacionales de países terceros.
| Forma de desplazamiento | Relación entre las empresas | Título de ingreso para extracomunitarios | Norma |
|---|---|---|---|
| Intragrupo (interno) | Misma empresa o mismo grupo: sede, filial, oficina de representación, controlada, vinculada | Sí: permiso ICT, o bien permiso ex art. 27, comma 1, lett. a) para directivos y personal altamente especializado | Art. 27-quinquies; art. 27 c.1 lett. a) TUI |
| Por contrata | Empresas independientes vinculadas por un contrato de obra o de servicios (art. 1655 c.c.): la empresa extranjera es contratista, la italiana comitente | Sí: permiso de trabajo en casos particulares, con duración vinculada a la contrata | Art. 27 c.1 lett. i) TUI |
| Cesión de trabajadores | Agencia de trabajo extranjera que proporciona personal a un usuario italiano | No: ningún título de ingreso previsto para nacionales extracomunitarios | Excluido por el art. 27-quinquies, comma 4 |
Para los ciudadanos de la Unión Europea ninguna de estas formas requiere visa ni permiso: se aplica la libre circulación de trabajadores. Las reglas de esta página se refieren exclusivamente a nacionales de países terceros.
ICT (art. 27-quinquies) o art. 27, comma 1, lett. a): qué título elegir
Para el desplazamiento intragrupo de directivos y personal altamente especializado, el Texto Único ofrece dos títulos parcialmente superpuestos. La elección no es neutra: cambian los requisitos subjetivos, la duración y el tipo de permiso expedido.
| Permiso ICT — art. 27-quinquies | Trabajo en casos particulares — art. 27 c.1 lett. a) | |
|---|---|---|
| Quién | Directivos, trabajadores especializados, trabajadores en formación | Directivos o personal altamente especializado de sociedades con sede o filiales en Italia, o de oficinas de representación de sociedades extranjeras con sede principal en un Estado de la OMC |
| Antigüedad en la empresa extranjera | Al menos 3 meses ininterrumpidos | Al menos 6 meses, con título universitario (circular conjunta Min. Interior – Min. Trabajo 2016) |
| Cuotas | Fuera de cuota | Fuera de cuota |
| Plazo para el nulla osta | 45 días desde la solicitud (suspendidos en caso de requerimiento de documentación adicional) | Plazo ordinario del reglamento de aplicación |
| Duración máxima | 3 años (1 para la formación); intervalo de 3 meses antes de un nuevo ICT para el mismo trabajador | Nulla osta por la duración de la relación laboral y en todo caso no más de 2 años, prorrogable |
| Compromiso de regreso | Sí, declarado en la solicitud de nulla osta | No previsto en estos términos |
| Mención en el permiso | «ICT» | Trabajo subordinado – casos particulares |
| Movilidad en otros Estados UE | Prevista (corta y larga duración), con renovación posible incluso mientras se trabaja en otro Estado miembro | No prevista por la norma |
| Reagrupación familiar | Permitida independientemente de la duración del permiso | Reglas generales del art. 29 TUI |
En términos prácticos: quien encaja solo en el art. 27-quinquies (trabajadores especializados sin título universitario, trabajadores en formación, directivos con menos de seis meses de antigüedad) no tiene alternativa. Quien encaja en ambos debe decidir en función de lo que el grupo prevea para después: regreso programado, o posible arraigo del directivo en Italia. Es la decisión sobre la que vale la pena asesorarse antes de presentar la solicitud, porque el título elegido al inicio condiciona las opciones posteriores.
ICT o Tarjeta Azul UE: la diferencia que importa para la empresa
La confusión más frecuente, incluso en muchas guías en línea, es entre el permiso ICT y la Tarjeta Azul UE (art. 27-quater). Son instrumentos para necesidades opuestas.
| Permiso ICT | Tarjeta Azul UE | |
|---|---|---|
| Empleador | La sociedad extranjera: el trabajador sigue siendo su empleado | Un empleador establecido en Italia, que contrata directamente |
| Relación requerida | Relación previa de al menos 3 meses con la empresa extranjera y pertenencia al grupo | Contrato de trabajo u oferta vinculante en Italia; cualificación profesional superior; umbral retributivo mínimo |
| Lógica | Temporal: movilidad interna al grupo, con regreso | Estable: inserción en el mercado laboral italiano |
| Duración | Máx. 3 años (1 para formación) | Vinculada al contrato, renovable |
| Cuándo conviene | El grupo quiere trasladar know-how o management para un proyecto o un período definido, manteniendo el contrato y la contribución de origen donde esté permitido | La sociedad italiana quiere contratar a un perfil cualificado que se incorporará a su plantilla |
La Tarjeta Azul se analiza en profundidad en la guía de la Tarjeta Azul UE tras la reforma del D.Lgs. 152/2023: requisitos, umbral retributivo y renovación.
El procedimiento: del nulla osta al permiso ICT
El procedimiento lo inicia la entidad de acogida italiana, no el trabajador ni la sociedad extranjera. Se articula en cuatro fases.
- Solicitud de nulla osta al Sportello Unico per l’Immigrazione. La entidad de acogida presenta una solicitud nominativa ante el Sportello Unico de la Prefettura de la provincia donde tiene su domicilio legal. Bajo pena de denegación, la solicitud debe indicar: la pertenencia de la entidad de acogida y de la empresa extranjera a la misma empresa o grupo; la relación laboral del trabajador con la empresa extranjera desde al menos tres meses ininterrumpidos; duración del traslado y ubicación de la entidad de acogida; el puesto que el trabajador ocupará; retribución y condiciones de trabajo durante el traslado; el compromiso de regreso a una entidad del grupo en un país tercero; cualificaciones, experiencia y título de estudios; eventual reconocimiento de la profesión regulada; datos del pasaporte; para los trabajadores en formación, el plan formativo; el compromiso de abonar las cotizaciones a la seguridad social italiana, salvo que existan acuerdos de seguridad social con el país de origen. La solicitud contiene también el compromiso de comunicar cualquier variación de la relación que afecte a las condiciones de admisión.
- Documentación y trámite: 45 días. La documentación debe presentarse dentro de los diez días siguientes a la solicitud. El Sportello Unico verifica regularidad, integridad e idoneidad; si solicita completar información, el plazo queda suspendido. Una vez obtenidos los informes del Ispettorato del Lavoro (sobre las condiciones de la solicitud) y de la Questura (sobre la ausencia de motivos que impidan su concesión), expide el nulla osta o comunica la denegación dentro del plazo máximo total de 45 días. Desde diciembre de 2025 las administraciones realizan controles sobre la veracidad de las declaraciones de la entidad de acogida conforme al DPR 445/2000 (comma 7-bis, introducido por el D.L. 146/2025 convertido en L. 179/2025): una declaración no veraz expone a las consecuencias penales y administrativas de la falsedad. El nulla osta tiene una validez de seis meses y se transmite por vía telemática, junto con el código fiscal del trabajador, a la Oficina Consular competente.
- Visa de entrada en el Consulado. El trabajador presenta la solicitud de visa ante el Consulado italiano competente para su residencia dentro del plazo de validez del nulla osta. El Consulado conserva una facultad autónoma de verificación sobre la autenticidad de los documentos extranjeros, la efectividad de la relación laboral con la sociedad de origen y los antecedentes penales en el país de procedencia.
- Ingreso, declaración de presencia y permiso ICT. Dentro de los ocho días hábiles siguientes al ingreso, el trabajador declara su presencia ante el Sportello Unico que expidió el nulla osta. El Questore expide, dentro de los 45 días siguientes a la declaración, el permiso de residencia con la mención «ICT», de duración igual a la del traslado. El trabajador declara su domicilio ante la Questura y comunica cualquier variación del mismo.
Protocolo de entendimiento con el Ministerio del Interior. La entidad de acogida que ha suscrito un protocolo de entendimiento con el Ministerio del Interior, oído el Ministerio de Trabajo, garantizando la existencia de las condiciones de admisión, no solicita el nulla osta: lo sustituye por una comunicación telemática al Sportello Unico, que obtiene únicamente el informe de la Questura y remite la comunicación al Consulado para la visa. Cualquier modificación que afecte a las condiciones garantizadas debe comunicarse dentro de los treinta días. Para los grupos con flujos recurrentes de personal hacia Italia, el protocolo reduce los plazos y la documentación repetitiva, y es el instrumento con el que el bufete asiste a las funciones de RR. HH. y legal.
Duración, renovación, movilidad y familia
- Duración máxima del traslado: tres años para directivos y trabajadores especializados, un año para los trabajadores en formación. Entre el final de la duración máxima y una nueva solicitud de ICT para el mismo trabajador deben transcurrir al menos tres meses.
- Permiso y renovación: el permiso ICT tiene una duración igual a la del traslado y puede ser renovado por la Questura, dentro de los límites de la duración máxima, en caso de prórroga del desplazamiento, previa verificación de los requisitos por parte del Sportello Unico.
- Movilidad intracomunitaria: la renovación se admite incluso mientras el trabajador desarrolla actividad en otro Estado miembro; se distingue una movilidad de corta duración (hasta 90 días en un período de 180) y de larga duración (más de 90 días). Italia readmite sin formalidades al titular de un permiso ICT expedido en Italia si otro Estado miembro se opone a su movilidad.
- Reagrupación familiar: permitida al titular de permiso ICT independientemente de la duración del permiso, en las condiciones del art. 29 TUI. A los familiares se les expide un permiso por motivos familiares de duración igual a la del permiso ICT. Si la solicitud de ingreso de los familiares acompañantes se presenta junto con la de nulla osta, rige el mismo plazo de 45 días.
- Vencimiento: alcanzada la duración máxima, el permiso no se renueva. Es el punto que hace decisiva la elección inicial entre ICT y otros títulos, de la que se ha hablado más arriba.
Condiciones de trabajo, retribución y seguridad social del trabajador trasladado
El trabajador ICT sigue siendo empleado de la sociedad extranjera, pero se beneficia de las condiciones de trabajo y de empleo previstas en el art. 4 del D.Lgs. 136/2016, es decir, las condiciones que la ley y los convenios colectivos italianos garantizan a los trabajadores desplazados: retribución, jornada máxima y descansos, vacaciones, salud y seguridad, protección de la maternidad y de los menores, igualdad de trato. Goza además del mismo trato que los trabajadores italianos en cuanto a libertad sindical y acceso a bienes y servicios públicos, excluidos el alojamiento y los servicios de los centros de empleo.
Con el D.Lgs. 122/2020, que incorporó la Directiva 2018/957/UE, el parámetro ya no es el «salario mínimo» sino la retribución en su conjunto, y el desplazamiento que supera los doce meses (prorrogables a dieciocho mediante notificación motivada al Ministerio de Trabajo) activa la aplicación de todas las condiciones de trabajo previstas en Italia, si son más favorables, en las materias indicadas por la ley. Un traslado ICT trienal atraviesa, por tanto, dos regímenes: el título de residencia sigue siendo el mismo, pero a partir del décimo tercer (o décimo noveno) mes el trato del trabajador debe alinearse con el de un empleado italiano de igual nivel en las materias cubiertas. Es un punto que los grupos extranjeros a menudo descubren durante una inspección.
En el plano previsional, la solicitud de nulla osta contiene el compromiso de la entidad de acogida de cumplir con las obligaciones previsionales y asistenciales italianas, salvo que existan acuerdos de seguridad social con el país de origen. Donde el acuerdo existe (es el caso de Estados Unidos, con el cual Italia tiene un acuerdo de seguridad social vigente desde hace décadas), el trabajador puede permanecer asegurado en el sistema de origen durante el período y en las condiciones previstas por el acuerdo, con el correspondiente certificado de cobertura. La lista de países con convenio la publica el INPS. La residencia fiscal del trabajador, la regla de los 183 días del convenio contra la doble imposición y el riesgo de establecimiento permanente para la casa matriz se tratan en un análisis separado.
Cuándo el nulla osta es denegado o revocado
El art. 27-quinquies enumera las causas de denegación y revocación del nulla osta. Algunas se refieren al trabajador, la mayoría se refiere a la entidad de acogida, que es el sujeto en el que la administración concentra los controles.
- incumplimiento de las condiciones que la solicitud debía acreditar (pertenencia al grupo, antigüedad de tres meses, contenido del contrato y de la carta de asignación, cualificaciones, cotizaciones);
- no haber transcurrido el intervalo de tres meses entre un ICT y el siguiente para el mismo trabajador;
- documentos obtenidos de forma fraudulenta, falsificados o adulterados;
- entidad de acogida constituida principalmente con el fin de facilitar el ingreso de los trabajadores trasladados;
- entidad de acogida incumplidora de las obligaciones tributarias, previsionales, sobre los derechos de los trabajadores o sobre las condiciones de trabajo previstas por la ley y los convenios colectivos;
- entidad de acogida sancionada por trabajo no declarado o empleo ilegal;
- entidad de acogida en liquidación, liquidada o sin actividad económica.
Para las últimas tres hipótesis, la decisión debe respetar el principio de proporcionalidad y tener en cuenta las circunstancias del caso: son las situaciones en las que un recurso tiene posibilidades reales. El permiso ICT, a su vez, es denegado, no renovado o revocado si se obtuvo de forma fraudulenta, si el trabajador ya no cumple las condiciones o reside con fines distintos, o si se ha alcanzado la duración máxima. La revocación se comunica por escrito tanto al trabajador como a la entidad de acogida.
Quien emplea a un trabajador sin permiso ICT, o con un permiso vencido y no renovado, responde con las sanciones previstas para el empleo de extranjeros en situación irregular (art. 22, commi 12 y siguientes, TUI), que incluyen consecuencias penales.
El falso mito de la «visa mediante oficina de representación»
Circulan desde hace años contenidos que presentan la apertura de una oficina de representación en Italia como una vía rápida hacia la visa para el empresario extracomunitario La lectura de las normas citadas anteriormente muestra por qué no funciona: la visa ICT presupone un trabajador subordinado de la sociedad extranjera, y el empresario que controla la sociedad no lo es; presupone una entidad de acogida con actividad real, y una oficina abierta solo para el trámite es causa expresa de denegación y revocación; presupone el compromiso de regreso, incompatible con la idea de trasladarse de forma estable a Italia. Una construcción artificiosa expone además a quien la organiza a los supuestos penales previstos por el Texto Único. El análisis completo y las vías legítimas alternativas se encuentran en el análisis dedicado a la visa mediante oficina de representación.
Las vías correctas para socios, administradores y empresarios
- Visa para inversores (art. 26-bis TUI): para quien invierte en instrumentos o sociedades italianas por encima de los umbrales previstos.
- Visa para trabajo autónomo (art. 26 TUI): para quien asume cargos societarios o inicia una actividad, dentro de los límites de las cuotas y de las condiciones de reciprocidad.
- Visa para nómadas digitales y trabajadores remotos (art. 27 TUI y D.M. 29 de febrero de 2024): para quien trabaja para un empleador o clientes extranjeros con herramientas digitales. Requisitos y procedimiento en visa para nómadas digitales en Italia: requisitos de ingresos y permiso de residencia.
- Constitución de una sede secundaria o de una sociedad italiana y contratación directa, con Tarjeta Azul UE o permiso de trabajo subordinado: la vía ordinaria cuando el objetivo es arraigarse en Italia.
Preguntas frecuentes sobre la visa para traslado intraempresarial
¿Quién puede obtener el permiso ICT en Italia?
Directivos, trabajadores especializados y trabajadores en formación empleados desde al menos tres meses por una empresa establecida fuera de la Unión Europea, trasladados a una sede, filial, oficina de representación o sociedad del mismo grupo en Italia. El solicitante debe encontrarse fuera de la UE, o ya admitido en otro Estado miembro, en el momento de la solicitud de nulla osta.
¿El trabajador debe ser ya empleado de la sociedad extranjera?
Sí. La solicitud de nulla osta debe acreditar que el trabajador ha trabajado para la misma empresa o para una empresa del grupo durante al menos tres meses ininterrumpidos inmediatamente antes del traslado. Una contratación realizada expresamente para el desplazamiento no cumple el requisito.
¿Cuánto dura el permiso ICT y se puede renovar?
El permiso tiene una duración igual a la del traslado y se renueva en caso de prórroga, dentro del límite máximo de tres años para directivos y especialistas y de un año para los trabajadores en formación. Alcanzado el límite, ya no es renovable y se necesitan al menos tres meses antes de un nuevo ICT para el mismo trabajador.
¿Cuánto tiempo se necesita para obtener la visa ICT?
El Sportello Unico decide sobre el nulla osta dentro de 45 días desde la solicitud, con suspensión si pide documentación adicional. Siguen los plazos del Consulado para la visa, el ingreso con declaración de presencia dentro de ocho días hábiles y la expedición del permiso por parte de la Questura dentro de 45 días. En la práctica hay que contar con varios meses en total, variables según la Prefettura y el Consulado.
¿Una oficina de representación puede alojar a un trabajador ICT?
Sí, siempre que realmente desarrolle actividades preparatorias y auxiliares de la sociedad extranjera y no haya sido constituida principalmente para obtener la visa: en ese caso el nulla osta es denegado o revocado. El desplazamiento se admite solo desde la sociedad extranjera hacia la oficina italiana, no en sentido contrario.
¿El socio o el administrador de la sociedad extranjera puede trasladarse en ICT?
No. El ICT se refiere solo a trabajadores subordinados según el derecho italiano, y quien controla la sociedad no tiene una relación de subordinación con ella. Las vías correctas son la visa para inversores, la visa para trabajo autónomo, la visa para nómadas digitales o la constitución de una estructura en Italia con contratación directa.
¿La familia del trabajador ICT puede venir a Italia?
Sí. La reagrupación familiar está permitida al titular de permiso ICT independientemente de la duración del permiso, en las condiciones del art. 29 del Texto Único. A los familiares se les expide un permiso por motivos familiares de la misma duración. Si la solicitud se presenta junto con la de nulla osta, sigue el mismo plazo de 45 días.
¿Qué diferencia hay entre el permiso ICT y la Tarjeta Azul UE?
Con el ICT el trabajador sigue siendo empleado de la sociedad extranjera y viene a Italia temporalmente, con compromiso de regreso. Con la Tarjeta Azul es contratado directamente por un empleador italiano con un contrato cualificado y un umbral retributivo mínimo. El primero sirve para la movilidad interna al grupo; la segunda para la inserción estable en el mercado laboral italiano.
Asistencia legal para traslados intraempresariales en Italia
Damiani & Damiani asiste a grupos extranjeros y a sus sedes italianas en todas las fases del traslado intraempresarial: evaluación del título más adecuado entre ICT, art. 27 lett. a) y Tarjeta Azul; verificación de los requisitos de grupo y de la estructura de acogida; preparación de la solicitud de nulla osta y de la documentación; relaciones con el Sportello Unico, el Ispettorato y el Consulado; protocolos de entendimiento para flujos recurrentes; aspectos laborales y fiscales del desplazamiento con los profesionales del bufete; recursos contra denegaciones y revocaciones. Operamos en italiano, inglés y español desde las sedes de Palermo, Turín, Barcelona y Pilar (Buenos Aires).
Página actualizada el 9 de septiembre de 2026 sobre la base del texto del art. 27-quinquies D.Lgs. 286/1998 vigente al 16 de julio de 2026, modificado por el D.L. 146/2025 convertido en L. 179/2025. La información tiene carácter general y no sustituye una asesoría sobre el caso concreto.
Fuentes: D.Lgs. 25 de julio de 1998, n.º 286, artts. 26, 26-bis, 27, 27-quater, 27-quinquies, 27-sexies, 29; Directiva 2014/66/UE; Directiva 96/71/CE y 2018/957/UE; D.Lgs. 17 de julio de 2016, n.º 136; D.Lgs. 15 de septiembre de 2020, n.º 122; art. 2359 c.c.; circular conjunta del Ministerio del Interior – Ministerio de Trabajo prot. 517 del 9 de febrero de 2017; D.M. Interior 29 de febrero de 2024.









