Abogado para inmigrantes, solicitud de ciudadanía
Ciudadanía Iure Soli, Ciudadanía Ius Sanguinis, Ius Culturae, Iure Matrimonii, por Residencia, para Menores de Edad, para Mayores de Edad
Abogado para inmigrantes, solicitud de ciudadanía
Ciudadanía Iure Soli, Ciudadanía Ius Sanguinis, Ius Culturae, Iure Matrimonii, por Residencia, para Menores de Edad, para Mayores de Edad
En Italia, las personas adquieren el título de Ciudadano del Estado Italiano bajo determinadas condiciones:
Por nacimiento en el territorio o Ius Soli: hasta que el Parlamento apruebe la nueva ley, ya aprobada por la Cámara y actualmente en discusión en el Senado, solo los niños que nacen en Italia de padres desconocidos o apátridas, o que hayan sido abandonados sin ciudadanía, adquieren la Ciudadanía Italiana.
Además, pueden solicitar la ciudadanía italiana:
La reforma del Ius Soli
La reforma prevé que el derecho de Ciudadanía por nacimiento corresponda a los niños nacidos en Italia de padres extranjeros, de los cuales al menos 1 tenga el derecho de residencia permanente.
Ciudadano por filiación o Iure Sanguinis
Es Ciudadano Italiano quien recibe la ciudadanía por filiación, es decir, nace o es adoptado, incluso en el extranjero, por padres de los cuales al menos 1 sea ciudadano italiano. Este principio está garantizado también para los descendientes de antepasados ciudadanos italianos fallecidos después del 17 de marzo de 1861 y emigrados al extranjero, siempre que se logre demostrar que, en el momento del nacimiento del ascendiente, el propio antepasado era aún ciudadano y no había renunciado a la ciudadanía italiana. El derecho iure sanguinis se reconoce también en presencia de doble ciudadanía. Sin embargo, a menudo, para obtener el ius sanguinis es necesario recurrir al juez y es necesario iniciar el trámite de reconocimiento por vía judicial de la ciudadanía por derecho de descendencia
Ciudadano por Cultura Iure Culturae (Reforma pendiente de aprobación)
Es decir, el reconocimiento de la Ciudadanía a los niños extranjeros nacidos en Italia, o que hayan llegado a Italia antes de cumplir los 12 años de edad , hijos de padres de los cuales 1 resida legalmente en Italia, que hayan asistido a la escuela durante al menos 5 años y completado satisfactoriamente un ciclo de estudios, escuela primaria, secundaria o formación profesional.
Ciudadanía adquirida por matrimonio o Iure Matrimonii
Concedida al cónyuge extranjero o apátrida que haya contraído matrimonio con un/a ciudadano/a italiano/a. La ciudadanía se concede después del matrimonio, mientras subsista el vínculo matrimonial, y después de 2 años de residencia en nuestro país o, si reside en el extranjero, después de 3 años desde el matrimonio. Los plazos se reducen a la mitad si los cónyuges tienen hijos nacidos o adoptados.
Ciudadanía por residencia o naturalización
Pueden solicitar la Ciudadanía Italiana los mayores de edad residentes durante un período de tiempo variable e inscritos regularmente en el padrón en Italia. Los beneficiarios se dividen de la siguiente manera:
Para su trámite de Ciudadanía, solicite el asesoramiento del Bufete de Abogados Internacional para Inmigrantes Damiani&Damiani
Vea también:

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