Las relaciones de las empresas y las sociedades privadas con la Administración Pública han cambiado con la reforma del DL 19/2026 y la Legge 241/1990. Las modificaciones han:
- reducido los plazos de la conferencia de servicios;
- reforzado el silencio positivo;
- introducido la certificación automática.
Se trata de una reforma que cambia los plazos y las garantías para quienes invierten y operan en Italia. Con el Decreto Legge del 19 de febrero de 2026, n.º 19 — el denominado Decreto PNRR 2026 — el legislador interviene de forma quirúrgica sobre la Legge n.º 241/1990, la norma que rige el procedimiento administrativo.
Las reformas inciden sobre:
- los plazos, que se acortan;
- las prescripciones, que deben estar motivadas y ser proporcionadas;
- el silencio de la administración, que produce efectos más ciertos.
Para empresarios, inversores inmobiliarios y particulares, se abre una etapa en la que los plazos de respuesta de la AP se vuelven — al menos sobre el papel — más previsibles.
El contexto: por qué el DL 19/2026 es relevante para las sociedades y empresas que operan en Italia
La Legge n.º 241/1990 es la brújula de la relación entre ciudadanos, empresas y Administración Pública. Toda autorización de obra, toda licencia comercial, todo proyecto que requiere el visto bueno de varios entes públicos pasa por las instituciones que ella regula: la conferencia de servicios, la SCIA (declaración certificada de inicio de actividad) y el silencio positivo.
El artículo 5 del DL 19/2026 no reescribe esta ley, sino que interviene en tres nudos cruciales que condicionan directamente los plazos y el resultado de los procedimientos. Para quien invierte en inmuebles, inicia obras, obtiene permisos o gestiona relaciones con entes públicos, conocer estas modificaciones no es un ejercicio académico: forma parte de la due diligence.
Conferencia de servicios: plazos más breves, decisiones más estructuradas
La conferencia de servicios es el mecanismo que permite a varias administraciones expresar sus valoraciones simultáneamente, en lugar de hacerlo en forma sucesiva. Es el instrumento clave para los procedimientos edilicios y urbanísticos complejos, y su duración ha sido históricamente uno de los principales factores de alargamiento de los plazos de autorización.
Qué cambia en los plazos
| Institución | Antes del DL 19/2026 | Después del DL 19/2026 |
|---|---|---|
| Conferencia simplificada — plazos estándar | 45 días | 30 días |
| Conferencia simplificada — tutelas ambientales/culturales | 90 días | 60 días |
| Conferencia simultánea — plazo máximo | 45 días | 30 días |
| Conferencia simultánea — tutelas especiales | 90 días | 60 días |
| Convocatoria de la conferencia en forma simultánea | 45 días | 30 días |
Qué cambia en el contenido de las determinaciones
Junto con la reducción de los plazos, el decreto introduce una regla cualitativa importante: las administraciones involucradas ya no pueden expresar posiciones genéricas. Las eventuales prescripciones y medidas mitigadoras deben estar motivadas, ser específicas, coherentes con el proyecto original y respetuosas de los principios de proporcionalidad, eficacia y sostenibilidad financiera. La norma precisa que esta regla se aplica sin excepciones también a las administraciones competentes en materia urbanística, paisajística, arqueológica y de tutela del patrimonio cultural. En otras palabras: una denegación genérica o una prescripción desproporcionada respecto del proyecto presentado se vuelve más vulnerable en sede de oposición o litigio. Las determinaciones deben indicar las prescripciones y medidas mitigadoras que hagan posible el asentimiento, cuantificando cuando sea posible los costos correspondientes, en el respeto de los principios de proporcionalidad, eficacia y sostenibilidad financiera de la intervención.
Asentimiento implícito: el silencio de las administraciones vale como aprobación
Una de las modificaciones más relevantes se refiere al refuerzo del asentimiento implícito en la conferencia simplificada. El nuevo apartado 6 del art. 14-bis establece una regla clara:
Este mecanismo reduce el riesgo de que la falta de toma de posición de un ente — fenómeno históricamente frecuente — pueda bloquear o ralentizar el cierre de un procedimiento. La conferencia puede concluir incluso en presencia de inercias, con efectos favorables para quien haya presentado el proyecto.
SCIA: la remisión al DPR 445/2000 y la responsabilidad por declaraciones falsas
El DL 19/2026 también interviene sobre el art. 19 de la Legge 241/1990 en materia de gestión de la propiedad inmobiliaria y SCIA, con una modificación aparentemente técnica pero de consecuencias prácticas significativas. La nueva redacción del apartado 4 introduce una remisión expresa al art. 75 del DPR del 28 de diciembre de 2000, n.º 445, que regula la caducidad de los beneficios obtenidos mediante declaraciones falsas. El principio es el siguiente: incluso cuando la administración ha dejado vencer el plazo para ejercer sus facultades inhibitorias, quien haya presentado una SCIA sobre la base de declaraciones mendaces permanece expuesto a la caducidad de los efectos producidos.
Qué significa en la práctica — SCIA y responsabilidad
El transcurso de los plazos no «sanea» las declaraciones falsas. La caducidad ex art. 75 DPR 445/2000 opera con independencia de la inercia administrativa. Quien construye sobre declaraciones falsas permanece expuesto incluso con el paso del tiempo. Para los profesionales técnicos (ingenieros, arquitectos, geómetras) que avalan proyectos en régimen de SCIA, y para los comitentes que se valen de ella, el mensaje es claro: la corrección de las certificaciones no es una formalidad, sino un requisito estructural que no caduca con el tiempo.
Silencio positivo: presupuestos aclarados y certificación automática de oficio
Las modificaciones al art. 20 de la Legge 241/1990 inciden sobre dos aspectos distintos, ambos relevantes para quien espera una respuesta de la Administración Pública.
Cuándo el silencio no opera
El nuevo apartado 1 aclara de forma expresa los casos en que el mecanismo del silencio positivo no se forma: cuando la solicitud no ha sido recibida por la administración competente, o cuando carece de los elementos indispensables para identificar el objeto y las razones de la resolución solicitada. En todos los demás casos en que concurren los presupuestos, la inactividad produce efectos de aceptación.
La certificación automática — una novedad relevante
El nuevo apartado 2-bis introduce una obligación a cargo de la administración: cuando se perfecciona el silencio positivo, el ente debe expedir de forma telemática y automática una certificación que acredite el transcurso de los plazos y la aceptación producida. Ya no es necesario que sea el particular quien la solicite. Para quien deba documentar un título habilitante formado por silencio — por ejemplo, para escrituras, financiaciones o transferencias inmobiliarias — esta modificación elimina un trámite burocrático que a menudo es fuente de incertidumbres y litigios.
Impacto concreto para empresas e inversores inmobiliarios
Las modificaciones introducidas por el DL 19/2026 tienen un impacto directo en algunas situaciones típicas que el Bufete Damiani & Damiani gestiona cotidianamente:
¿Tiene un proyecto que involucra a la Administración Pública?
Las nuevas reglas ofrecen instrumentos más eficaces — pero también nuevas responsabilidades. El Bufete Damiani & Damiani asiste a empresarios, inversores y particulares en todos los procedimientos administrativos, desde la instrucción hasta la defensa en caso de denegaciones o prescripciones ilegítimas
Preguntas frecuentes — DL 19/2026 y procedimiento administrativo
- ¿Cuáles son los nuevos plazos de la conferencia de servicios tras el DL 19/2026? Los plazos estándar bajan de 45 a 30 días en la conferencia simplificada y en la simultánea. Cuando están involucradas administraciones con competencias ambientales, paisajísticas, sobre bienes culturales o sobre salud pública, el plazo pasa de 90 a 60 días.
- ¿Qué ocurre si una administración no participa en la conferencia de servicios? Con el nuevo art. 14-bis, apartado 6, la falta de participación en la reunión equivale al asentimiento incondicionado. Lo mismo vale para quien participa sin expresar su posición, o para quien expresa una discrepancia que carece de la motivación exigida por la ley.
- ¿Las prescripciones impuestas en la conferencia de servicios son siempre vinculantes? No. Las prescripciones deben estar motivadas, determinadas en el respeto de los principios de proporcionalidad, eficacia y sostenibilidad financiera, y coherentes con el proyecto presentado. Una prescripción genérica o desproporcionada puede impugnarse en sede de oposición o recurso.
- ¿El silencio positivo, una vez perfeccionado, debe ser solicitado por el particular? No. Con la modificación al apartado 2-bis del art. 20, la certificación sobre el transcurso de los plazos y sobre la aceptación producida debe ser expedida de oficio por la administración, de forma telemática y automática. Ya no es necesaria una solicitud del particular.
- ¿Quien presenta una SCIA con declaraciones falsas está protegido por el transcurso de los plazos? No. El nuevo apartado 4 del art. 19 introduce una remisión expresa al art. 75 del DPR 445/2000: la caducidad de los efectos obtenidos sobre la base de declaraciones falsas opera con independencia del vencimiento de los plazos inhibitorios de la administración.
- ¿El DL 19/2026 ya está en vigor? Sí. El Decreto Legge del 19 de febrero de 2026, n.º 19, entró en vigor el día siguiente a su publicación en la Gazzetta Ufficiale (Boletín Oficial de Italia). Como todos los decretos-ley, está sujeto a conversión parlamentaria dentro de un plazo de 60 días, durante el cual el texto podría sufrir modificaciones.














