Todos los países europeos tienen un régimen fiscal ventajoso para los trabajadores extranjeros o aquellos que regresan a casa después de haber estado en el extranjero por trabajo. Para los trabajadores extranjeros en España y para los trabajadores españoles repatriados desde el extranjero, el régimen fiscal especial es el denominado ‘Beckham’.
La Ley Beckham se llama así porque se adoptó cuando el popular futbolista inglés llegó al Real Madrid. Para conseguir que dejara las millonarias ganancias de sus contratos laborales en España, se ideó un régimen fiscal subvencionado que le haría pagar menos impuestos durante un determinado periodo de tiempo. Hoy la ley Beckham ha sufrido una serie de cambios y ya no es una herramienta que puedan solicitar los deportistas profesionales. No obstante, se trata de un instrumento fiscal que aumenta las posibilidades de captación en España de los titulares de contratos de trabajo o rendimientos del trabajo hasta 600.000 €. Se trata por tanto de un régimen fiscal idóneo para los trabajadores de alta cualificación empleados por empresas y sociedades en España.
La Ley Beckham se llama así porque se adoptó cuando el popular futbolista inglés llegó al Real Madrid. Para conseguir que dejara las millonarias ganancias de sus contratos laborales en España, se ideó un régimen fiscal subvencionado que le haría pagar menos impuestos durante un determinado periodo de tiempo. Hoy la ley Beckham ha sufrido una serie de cambios y ya no es una herramienta que puedan solicitar los deportistas profesionales. No obstante, se trata de un instrumento fiscal que aumenta las posibilidades de captación en España de los titulares de contratos de trabajo o rendimientos del trabajo hasta 600.000 €. Se trata por tanto de un régimen fiscal idóneo para los trabajadores de alta cualificación empleados por empresas y sociedades en España.
Ley Beckham: el régimen fiscal especial para pagar menos impuestos en España. Así es como funciona
La Ley Beckham es un régimen fiscal especial para las rentas de los trabajadores extranjeros residentes en España y de los trabajadores españoles repatriados del extranjero. Es un régimen fiscal que permite pagar menos impuestos a una tarifa impositiva fija del 24% para quienes puedan adoptarlo. El tipo del 24% suele ser el que se aplica a los no residentes o a quienes produzcan rentas en España hasta 183 días al año. Se considera residente fiscal a la persona que resida en España más de 183 días y está sujeta al tipo de gravamen de hasta el 48% por las rentas producidas en España y fuera de España. Pueden solicitar el régimen Beckham los trabajadores asalariados extranjeros que lleguen a España y aún no sean residentes, y los trabajadores españoles repatriados del extranjero después de 10 años. El régimen fiscal subsidiado se puede aplicar durante 6 años consecutivos.
Características del régimen fiscal subvencionado Beckham en España
Todo extranjero que llegue a España y permanezca más de 183 días, es decir, más o menos 6 meses al año, se convierte en residente fiscal y está sujeto al tipo de gravamen progresivo normal para las rentas producidas en España y fuera de España que, en función de la renta bruta las ganancias anuales, incluso en España, pueden alcanzar casi el 50%. Con la Ley Beckham, un extranjero que trabaja en España incluso después de 183 días y hasta 6 años, no está sujeto al régimen fiscal ordinario español hasta los 6 años. El mismo criterio se aplica a los españoles que regresan a España después de 10 años.
En resumen: una persona extranjera o una persona repatriada hace más de 10 años a España, dentro de los 183 días siguientes a su llegada puede solicitar:
- El régimen de tributación ordinaria previsto para los residentes fiscales en España, y tributar por todas sus rentas dondequiera que se produzcan con la tributación española IRPF, sin perjuicio de las normas previstas fuera de España en materia de doble imposición;
- El régimen de tributación Beckham, y tributar como sujeto no residente únicamente por las rentas de los trabajadores producidas en España (están exentas las rentas generadas en el extranjero), con un tipo del 24% hasta el umbral de los 600.000 euros de renta.
El importe de las tasas aplicadas por el régimen de tributación especial de la Ley Beckham
- Con el régimen de fiscalidad especial para trabajadores extranjeros y españoles, el impuesto sobre la renta de no residentes se fija en el 24% para los primeros 600.000 € de renta neta del año. El régimen de tributación progresiva español se aplica a los trabajadores extranjeros en un 24% hasta 600.000 € y en un 48% a partir de 600.000 €;
- No se prevé impuesto español sobre las rentas o bienes del extranjero que trabaja en España, de propiedad fuera de España;
- La venta de bienes en el extranjero (por ejemplo, la venta de un inmueble) o las rentas de plusvalías en el extranjero no están sujetas a tributación en España. El impuesto sobre las ganancias de capital extranjero está previsto únicamente para los extranjeros que no pueden solicitar la aplicación del régimen Beckham;
- Las enajenaciones de bienes en territorio español están sujetas a un régimen de tributación fija del 19%;
- El impuesto sobre el patrimonio de los inmuebles propiedad en España del trabajador extranjero reconocido que no sea residente fiscal es del 0,2 – 2,5%;
- Los tipos IRPF a aplicar a las ganancias de capital, dividendos, intereses producidos con fuente española ascienden al 19% hasta 6.000 €, al 21% hasta 44.000 € y al 23% a partir de 44.000 €.
Finalmente, se prevé la exención del obligatorio Modelo 720 para los residentes en España con ingresos superiores a 50.000 € fuera de España. Un beneficio que se suma a los ya previstos para las empresas en algunas regiones de España como Canarias
Trabajadores extranjeros que puede solicitar la aplicación del régimen fiscal de la Ley Beckham en España
El sistema fiscal especial de la Ley Beckham se aplica a los trabajadores extranjeros o expatriados en España que:
- No han sido residentes en los 10 años anteriores a la solicitud;
- Se encuentran en España por motivos de trabajo, porque recibieron una oferta antes de llegar a España;
- Fueron trasladados para trabajar en España por una empresa extranjera;
- Sean Consejeros Delegados de una sociedad española en la que no posean más del 25% de las acciones;
- Desarrollan sus funciones y responsabilidades laborales mayoritariamente en España. Para adherirse al régimen Beckham sólo se tolera el 15% del total de la actividad laboral realizada por el trabajador fuera de España;
- Reciben los ingresos de una empresa o negocio español. No perciben rentas por establecimiento permanente en territorio español.
Plazo para solicitar la adhesión al régimen fiscal Beckham
El trabajador extranjero o expatriado que reúna todas las características, podrá solicitar su incorporación al régimen fiscal Beckham en el plazo de 6 meses desde el inicio del contrato de trabajo en España.
Quién no puede solicitar la adhesión al régimen fiscal Beckham
Trabajadores en España que sean:
- Trabajadores por cuenta propia;
- Deportistas y atletas profesionales;
- Consejeros de una sociedad española en la que posean más del 25% del capital;
- Consejeros de sociedades no españolas.
Cómo solicitar unirse al régimen fiscal de la Ley Beckham en España
En primer lugar, el trabajador debe presentar el Modelo 030 a la Agencia Tributaria Española. A continuación deberá presentar la solicitud con Modelo 149, en el plazo de 6 meses desde la fecha de alta en la Seguridad Social en España. Los documentos a adjuntar a la solicitud 149 son:
- Pasaporte y NIE;
- Número de seguro social;
- Contrato de trabajo.
En el plazo de 1 ó 2 meses el trabajador extranjero sabrá si su solicitud de adhesión al régimen fiscal especial ha sido aceptada.
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