El mundo del tercer sector, integrado por Organizaciones de Voluntariado, Asociaciones Benéficas, Entidades Filantrópicas, Fundaciones, Cooperativas Sociales, ONLUS u organizaciones sin ánimo de lucro está agitado por la reapertura de los plazos para verificar los requisitos necesarios de transmigración y registración en el RUNTS – Registro Único Nacional del Tercer Sector. A partir del 16 de septiembre de 2022 se reabrieron los plazos para la verificación de requisitos de Cooperativas, Organismos Filantrópicos, ONLUS ADV y APS Fundaciones. En los meses anteriores se fijaron los plazos de partida para la verificación de los requisitos exigidos a partir del 22 de febrero de 2022. Posteriormente fueron suspendidas a partir del 1 de julio y hasta el 15 de septiembre. El Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales había ordenado la suspensión para la verificación de los requisitos de la APS y ODV Onlus en el RUNTS y el 22 de agosto aclaró que:
- las Organizaciones de Voluntariado ODV y las Asociaciones de Promoción Social APS tienen 180 días para presentar la solicitud de registro ante el RUNTS;
- ya que los plazos para la averiguación previa y examen de los requerimientos se abrieron en febrero y se interrumpieron el 1 de julio, para el año 2022 si al 30 de junio la solicitud no ha recibido ningún requerimiento preliminar y se encuentra en trámite, el vencimiento de los 180 días o los plazos para la respuesta interrumpida el 1 de julio se reanudan a partir del 16 de septiembre 2022;
- los comentarios y elementos solicitados y proporcionados durante la suspensión legislativa del 1 de julio al 15 de septiembre siguen siendo válidos;
- con el Decreto 73/2022 se ha fijado en el 31 de diciembre 2022 como fecha límite para que la ODV, la APS y la ONLUS inscritas en los registros anteriores puedan adoptar las modificaciones de los estatutos, para adaptarse a las solicitudes contenidas en el Código del Tercer Sector.
El Código del Tercer Sector. Cómo convertirse en ETS. Registro RUNTS. Preguntas más frecuentes
Con la aprobación del Código del Tercer Sector, se reguló todo el sector de las organizaciones sociales, desde las fundaciones hasta las cooperativas y todas las formas de asociación que operan en el sector social. El Código del Tercer Sector establece que:
- Las Entidades del Tercer Sector (ETS) son organizaciones de voluntariado, fundaciones, asociaciones de promoción social, entidades filantrópicas, benéficas, empresas sociales como cooperativas, redes asociativas, sociedades de ayuda mutua, asociaciones, reconocidas o no reconocidas y otras entidades privadas distintas de las sociedades constituidas para la búsqueda sin ánimo de lucro de fines cívicos, solidarios y de utilidad social;
- No pueden ser considerados SCE las administraciones públicas, los partidos, las formaciones y asociaciones políticas, los sindicatos, colegios profesionales y representantes de categorías económicas, patronales, entidades sujetas a dirección, coordinación o control por las entidades enumeradas anteriormente;
- Las entidades religiosas tienen la consideración de ETS cuando realizan las actividades de interés general descritas en el art. 5 del Código del Tercer Sector, implementan las normas del Código en un reglamento interno depositado en el RUNTS.
Los requisitos necesarios para ser reconocido ETS y el ETS por ley
Son considerados ETS por ley y adquieren la calificación ETS automáticamente:
- las Empresas Socialies;
- las Redes Asociativas;
- los Organismos Filantrópicos;
- las Sociedades de Socorro Mutuo;
- las Organizaciones de Voluntarios;
- las Asociaciones de Promoción Social.
Cualquier organización social que no sea automáticamente reconocida como ETS, podrá solicitar ser reconocida previa modificación de los estatutos sociales con la inclusión de los requisitos del Código del Tercer Sector y cuando su actividad exclusiva o principal sea:
- de interés general;
- sin fines de lucro;
y tenga:
- propósito cívico;
- solidaridad;
- utilidad social.
Para entidades como cooperativas sociales sin fines de lucro, fundaciones, asociaciones sin fines de lucro, organizaciones sin fines de lucro, este es el momento de identificar, con la ayuda de asesoría legal, la forma de asociación adecuada para ser reconocido ETS e inscribirse en el RUTAS. La lista detallada de actividades que pueden llevar a cabo las organizaciones reconocidas por el ETS está contenida en el art. 5 del Código del Tercer Sector.
Aclaraciones sobre la inscripción en el registro único nacional del tercer sector
El RUNTS es el registro único que incluye a todas las organizaciones que operan en el tercer sector, incluidas las que ya están reconocidas como tales, es decir, ONLUS ADV y APS, y es un requisito indispensable para acceder a préstamos, licitaciones, fondos, etc.
El registro es:
- Realizado por el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales;
- Gestionado a nivel regional utilizando exclusivamente métodos informáticos. La inscripción se solicita electrónicamente en la región donde tiene su sede la organización: Lombardía, Lacio, Piamonte, Sicilia, etc.;
- Dividido en 7 secciones: organizaciones voluntarias, asociaciones de promoción social, organismos filantrópicos, empresas sociales, redes asociativas, sociedades de ayuda mutua y otras ETS;
- Cada entidad que requiera inscripción en el RUNTS deberá prever con tiempo los cambios necesarios a los estatutos sociales requeridos para la inscripción.
Preguntas y Respuestas sobre el Registro Único Nacional del Tercer Sector RUNTS
A continuación algunas respuestas a las dudas sobre la inscripción en el RUNTS, la pérdida de la condición de ONLUS, la gestión de los activos de la ONLUS y el nuevo régimen tributario:
- Las ETS – Entidades del Tercer Sector – podrán inscribirse en el RUNTS a partir del 31 de marzo de cada año;
- La fecha límite para el registro del ETS en el RUNTS es el 31 de marzo de cada año, cuando se abre el nuevo período impositivo;
- Las organizaciones sin fines de lucro ODV y APS no tienen que registrarse en el RUNTS. La ODV y la APS están sujetas a transmigración de los registros de afiliados del RUNTS, previa verificación de los requisitos solicitados por el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales. Para el año 2022, los plazos de 180 días fijados para la finalización del expediente que se inició el 22 de febrero de 2022, se calculan teniendo en cuenta la interrupción que tuvo lugar del 1 de julio al 15 de septiembre de 2022
- La calificación de ETS se entiende adquirida desde el inicio del período impositivo de cada ejercicio;
- Las organizaciones sin fines de lucro registradas en el RUNTS o que migran al RUNTS pierden su calificación ONLUS y se consideran empresas sociales ETS;
- Si la ONLUS decide no inscribirse en el RUNTS y no convertirse en una empresa social, está obligada a donar los bienes adquiridos a partir del año en que obtuvo la inscripción en el registro de la Onlus. Los bienes propiedad de la organización antes de la inscripción en el registro de la OSFL no están sujetos a la obligación de devolución. En estos casos, la ONLUS deberá elaborar un documento con el que describa la situación financiera antes de asumir la condición de ONLUS y después de la pérdida de la condición de ONLUS.
La gestión del patrimonio y la fiscalidad del ETS
El establecimiento de la Fundación Italia Social y la gestión de los activos del ETS
La Fundación tiene por objeto acoger el patrimonio vinculado al ejercicio de la actividad estatutaria de la ETS disuelta o extinguida. El patrimonio de la ETS deberá destinarse siempre a la consecución de los fines cívicos, solidarios y de utilidad social previstos en el estatuto. ETS que gestiona su negocio en forma de empresa comercial debe estar inscrito en el registro de empresas y puede disponer de sus activos de conformidad con los artículos 2447-bis y modificaciones posteriores del codigo civil y destinarlo total o parcialmente a un negocio específico. En caso de extinción o disolución del ETS, los bienes podrán ser donados a otras Entidades del Tercer Sector, pero para ello:
- Se requiere la opinión positiva de la Oficina RUNTS;
- Los bienes no deben ser enajenados por ley para otros fines;
- Deben estar presentes las disposiciones legales o el órgano social competente.
A falta de uno de los requisitos, los bienes se donan a la Fundación Italia Social. Finalmente, los beneficios del ETS no pueden distribuirse en ningún caso, ni siquiera indirectamente
El régimen fiscal de las ETS previsto en el Código del Tercer Sector
A efectos fiscales, las ETS son entidades sin ánimo de lucro cuando realizan exclusiva o predominantemente las actividades de interés general a que se refiere el art. 5 del Decreto Legislativo n. 117/2017. Un ETS NO es comercial cuando realiza:
- actividades de interés general gratuitas;
- actividades de interés general a título oneroso, siempre que el importe de la tasa solicitada, incluidas las aportaciones públicas, no supere los costes directos e indirectos reales;
- actividad de investigación científica de especial interés social y reinversión de los beneficios en la actividad de investigación y en la libre difusión de los resultados.
Además, no generan ingresos por ETS:
- fondos sujetos a colectas públicas ocasionales tales como celebraciones, aniversarios, campañas de concientización;
- subvenciones y préstamos de las administraciones públicas concedidos para la realización de actividades de interés general.
El régimen fiscal transitorio del ETS
La entrada en vigor de las nuevas disposiciones fiscales se prevé a partir del año siguiente al de la adquisición de la Entidad del Tercer Sector. Habrá que verificar la perpetuación del régimen de exención del IVA para algunas ONG. No obstante, las organizaciones de voluntariado ODV y las asociaciones de promoción social de APS que hayan obtenido unos ingresos no superiores a 65.000 €, podrán aplicar el régimen de tarifa plana, ya que la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha aplazado la entrada en vigor de las disposiciones relativas al 1 de enero 2024 el nuevo régimen promocional.
Comuníquese con el Estudio Jurídico Internacional Damiani & Damiani para recibir asesoría legal sobre la mejor forma de membresía para optar por la inscripción en el RUNTS y cumplir con el Código del Tercer Sector